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Viendo 10 entradas - de la 31 a la 40 (de un total de 40)
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  • MARIA EUNICE
    Invitado
    Número de entradas: 542

    Buenos días a todos!
    Han salido los listados de admitidos y excluidos!
    En la página del SERMAS las encontraréis!
    Slds y suerte!!

    vanessa
    Invitado
    Número de entradas: 542

    Muchisimas gracias por informar Maria!!

    M.Angeles
    Invitado
    Número de entradas: 542

    Hola!
    Tengo una duda con respecto al Tema 3 , y es que los organigramas de las consejerías han cambiado tras la convocatoria , en la propia convocatoria no dice nada .¿Cuál es la normativa que se ha de estudiar respecto al temario convocado ? de qué fecha hay que tener en cuenta. En este tema han habido varias modificaciones de direcciones generales y subdirecciones generales de la Comunidad de Madrid que han pasado a llamarse de otra forma .Gracias!!!

    MARIA EUNICE
    Invitado
    Número de entradas: 542

    Hola
    En el Tema 16 pag. 32, el cupo de reserva no inferior al 7%»…En el art. 30.6 de la Ley 55/2003 indica » en las convocatorias para la selección de personal estatutario se reservará un cupo no inferior al 5%»…..
    Me gustaría saber se hubo alguna actualización en el porcentaje o es un error en el libro.
    Gracias.

    *TEMARIO VOL.II
    ISBN: 978-84-681-9951-1

    MARIA EUNICE
    Invitado
    Número de entradas: 542

    De nada!
    Estamos todos en el mismo barco!
    Ánimos!!!

    CEP
    Superadministrador
    Número de entradas: 47

    Buenos día Eunice.

    El art. 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que “En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública.”

    Al ser una norma básica, prevalece sobre lo establecido en la Ley 55/2003, por lo que el porcentaje será del 7%.

    Antonio Jiménez – Social Media
    Invitado
    Número de entradas: 542

    Buenos días M. Ángeles.

    Tenemos subidas en la web distintas adendas con las modificaciones legislativas que se han producido (y esta misma semana subiremos más)

    Gracias por tu interés y un cordial saludo.

    MARIA EUNICE
    Invitado
    Número de entradas: 542

    Efectivamente, el EBEP así lo tiene…
    Muchas Graciassssssss estaré más atenta!!

    Raquel Sanchez Perez
    Invitado
    Número de entradas: 542

    un salud Hola, estoy repasando las erratas y yo también creo que debe poner TITULO PRIMERO.

    MARIA EUNICE
    Invitado
    Número de entradas: 542

    Buenos días
    En el Tema 23, objetivos…»Examinar en detalle la Ley 3/2001…..y de la historia clínica de los pacientes de Galicia»…¿¿¿??

    ISBN: 978-84-681-9951-1

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